Vie, Mar 29, 2024

Las ONG’s  señalan que lo mínimo que se necesitaría para que avance el caso Odebrecht en nuestro país es un proceso judicial transparente.

Exigen proceso transparente en caso Lozoya

Ante la posibilidad de que la audiencia inicial en México de Emilio Lozoya se realice a puerta cerrada y las autoridades sólo narren en tiempo real lo sucedido al interior del juzgado en el Reclusorio Norte, expertas en temas de corrupción destacaron la importancia de la transparencia en este caso.

“Si se logra llevar a cabo una sentencia justa a la luz de todas las personas, eso sería sin lugar a dudas un cambio fundamental en el combate a la corrupción”, expresó Estefanía Medina, fundadora de Tojil, organización que ha exigido la apertura y transparencia de todas las audiencias del Poder Judicial a nivel nacional.

La también abogada y experta en temas de corrupción consideró que lo mínimo que se necesitaría para que avance el caso Odebrecht en nuestro país es un proceso judicial transparente contra Emilio Lozoya, lo cual dejaría un antecedente muy importante, porque tanto en Perú como en Brasil, donde más se ha investigado y se han logrado sentencias, “se ha hecho a través de juicios completamente públicos y que incluso han sido transmitidos por televisión, redes sociales o canales judiciales”.

Por ello consideró preocupante que en México se está, al parecer, ante una negativa del Poder Judicial de atender las circunstancias de dar publicidad al caso, incluso en el contexto de la pandemia.

En días previos, Tojil había hecho un llamado tanto al Poder Judicial de la Federación como al presidente de la Suprema Corte de Justicia, Arturo Zaldívar, para que garantizaran la publicidad de las audiencias de Emilio Lozoya aun en contingencia sanitaria, como reconocimiento y compromiso con los principios del Sistema Penal Acusatorio y confiando en que ésta no sería la excepción.

Advirtieron que el negar la publicidad de caso Lozoya es inconstitucional.

Sobre el tema, Fabiola Navarro, académica y coordinadora del Observatorio contra la Corrupción y la Impunidad del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, coincidió en que la Ley General de Transparencia señala que no se puede invocar el carácter de reservado de un caso cuando se trata de actos de corrupción.

Fuente: El Economista

1 Comment

Yazmin 05/06/2021 at 14:41

Muy buen articulo, muy recomendable! Saludos.

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