Jue, Abr 25, 2024

Estas líneas serán una fuente de información para poder levantar, en su caso, paneles laborales expeditos.

Cada uno de los tres integrantes de América del Norte tendrá una línea directa basada en la web de quejas sobre el cumplimiento de las disposiciones laborales del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

En Estados Unidos, el comité laboral intersecretarial (aún por crearse) establecerá una de estas líneas, monitoreada por el Departamento de Trabajo, para recibir información confidencial sobre asuntos laborales de los países de Norteamérica directamente de las partes interesadas.

Asimismo, Jesús Seade, subsecretario para América del Norte de la Secretaría de Relaciones Exteriores, informó a Robert Lighthizer, representante comercial de la Casa Blanca, que el gobierno de México buscará establecer su propia hotline o sistema de recepción de quejas y que en ese ámbito podrán hacerse acuerdos de cooperación en beneficio de ambos países.

También se espera que Canadá cuente con su propia línea, luego de que empujó con interés preponderante normas con altos estándares laborales y mecanismos de cumplimiento en la región.

Estas líneas para quejas serán una fuente de información para poder levantar, en su caso, paneles laborales expeditos para ciertas cuestiones laborales estipuladas en el T-MEC.

Paralelamente, el proyecto de ley de implementación de este acuerdo comercial, que votará este jueves el pleno de la Cámara de Representantes, incluye la creación de una oficina en el Departamento de Comercio para la supervisión del cumplimiento de los compromisos laborales en México.

La oficina ayudará en la administración del mecanismo laboral de respuesta rápida para supervisar el cumplimiento de tres cuestiones específicas en instalaciones mexicanas de manufacturera, servicios o que involucren a la minería: la aprobación de un líder sindical o la constitución o modificación de un contrato colectivo. La oficina brindará asistencia a asesores técnicos y expertos, paneles binacionales y comités de impugnaciones extraordinarias.

En el desarrollo del mismo ámbito, a más tardar 180 días después de la fecha de promulgación de esta Ley, si así fuera, y cada 180 días a partir de entonces durante 10 años, excepto lo dispuesto en el inciso b, el comité laboral intersecretarial presentará a los comités del Congreso apropiados un informe que incluya: una descripción de las actividades del personal del comité y la construcción de capacidades con México.

Además elaborará información sobre el presupuesto para la reforma laboral de México y los plazos en las declaraciones de política de septiembre del 2019 del gobierno de México sobre una estrategia para la implementación del sistema de justicia laboral y en posteriores declaraciones de política de acuerdo con la reforma laboral de México.

Otra función consiste en realizar un resumen de las peticiones presentadas de conformidad con el uso del mecanismo laboral de respuesta rápida.

Sobre el inciso b de esta disposición, el T-MEC marca que, en cinco años después de la promulgación de esta ley, el representante de Comercio y el secretario de Trabajo pueden consultar con los comités del Congreso apropiados con respecto a la frecuencia de los informes requeridos y, con la aprobación de ambos comités, puede presentar dicho informe anualmente durante los siguientes cinco años.

Fuente: El Economista.

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