Jue, Mar 28, 2024

A diferencia del TLCAN, el T-MEC impide a los países miembro bloquear el levantamiento de paneles de solución de controversias.

T-MEC tendrá lista de 125 panelistas para dirimir conflictos

El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) contará con 125 panelistas para dirimir distintos casos de solución de controversias.

La fecha límite para acordar a las personas que serán designadas panelistas es el 30 de julio.

Hasta ahora, México y Canadá están a la espera de que la administración del presidente Donald Trump logre un acuerdo con el Congreso estadounidense sobre su propia lista.

Para dirimir casos de dumping o subsidios prohibidos, en el Capítulo de Remedios Comerciales, cada país debe presentar una lista de 25 panelistas, para un total de 75.

En cuanto al capítulo relacionado con diferencias Estado-Estado, cada nación va a tener una lista de 10 panelistas, para sumar 30.

Por último, para el mecanismo de respuesta rápida laboral, se tendrá inicialmente una lista de tres panelistas de México y tres de Estados Unidos y otros tres panelistas por cada país entre México y Canadá. Pero a los seis meses, se ampliará a cinco en cada caso, de modo que serán un total de 20.

Desde que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) entró en vigor en 1994, tres paneles se han convocado en controversias Estados-Estado, pero ninguno desde 2000.

Varios razones existen para este bajo número. Primero, las Partes resuelven muchas disputas de manera informal sin invocar el mecanismo de solución de controversias o mediante el mecanismo de consultas del TLCAN, que permite a las Partes discutir confidencialmente e intentar resolver el asunto.

En segundo lugar, los países del TLCAN han mostrado preferencia por el sistema de solución de controversias de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Y por último, y más relevante, el Capítulo 20 del TLCAN crea varias vías a través de las cuales una Parte puede bloquear potencialmente el establecimiento de un panel.

Ahora, el T-MEC evita la capacidad de los países de bloquear el levantamiento de paneles de solución de controversias.

El T-MEC mantiene el mismo mecanismo de resolución de controversias Estado-Estado del TLCAN para la mayoría de las disputas derivadas del acuerdo, así como el mecanismo binacional de solución de controversias para revisar las disputas de remedios comerciales (decisiones antidumping y de derechos compensatorios).

En otras vertientes, el T-MEC eliminaría la solución de disputas entre inversionistas y estados (ISDS, por su sigla en inglés) para Canadá, después de la terminación del TLCAN. Mantiene el ISDS solo entre los Estados Unidos y México para los reclamantes con respecto a contratos gubernamentales en los sectores de petróleo, gas natural, generación de energía, infraestructura y telecomunicaciones; y conserva el ISDS entre Estados Unidos y México en otros sectores, siempre que el reclamante agote primero los recursos nacionales.

Fuente: El Economista

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