Todas las instituciones financieras en México tienen la obligación de brindar al SAT información respecto a los depósitos en efectivo de todas las cuentas.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) alertó en mayo de este año sobre una noticia falsa en la que se difundió que a partir de junio los contribuyentes deberán informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por depósitos superiores a cinco mil pesos en sus cuentas bancarias.
En la actualidad, un gran número de personas labora de manera informal, y las cuentas bancarias son su herramienta para guardar sus ingresos antes de tenerlos bajo el colchón.
De acuerdo con el SAT se debe presentar la declaración de depósitos en efectivo:
Cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente es titular en una misma institución bancaria exceda de 15 mil pesos, así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo.
¿Cuándo se presenta?
- A más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda.
- A más tardar el 15 de febrero de cada año.
¿Cada cuándo?
- Mensual
- Anual
¿A qué se le considera depósito en efectivo?
Por depósito en efectivo se entiende los depósitos en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta. No se considera depósito en efectivo los que se efectúen a favor de personas mediante transferencias electrónicas o títulos de crédito (cheques, pagarés letras de cambio, entre otros).
¿Puedo evitar hacer esta declaración?
Todos aquellos que pretendan evadir esta declaración o que piensen que el SAT no estará informado sobre la cantidad de dinero que se ingresa a las cuentas bancarias, deben saber que por Ley del Impuesto sobre la Renta todas las instituciones bancarias en México tienen la obligación de informar anualmente al Fisco Federal, la información de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes.
Fuente: El Horizonte