México tiene con qué para revirar denuncias laborales de EU: IP

Se pueden documentar las violaciones como las de los derechos de trabajadores migrantes en suelo estadounidense, afirma el líder del CCE; sin embargo, los lineamientos del acuerdo no permiten levantar paneles laborales expeditos contra EU y contra nuestro país, sí.

México tiene con qué para revirar denuncias laborales de EU: IP

Si bien el tema laboral se convierte en el “foco rojo” del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), por las recurrentes amenazas de los estadounidenses para iniciar controversias, México también ya tiene identificadas a empresas americanas por explotación infantil, trabajo forzoso e inhibir la democracia sindical, adelantó el presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Carlos Salazar.

México ha identificado varios casos en materia laboral para demandar a Estados Unidos, y se están preparando denuncias por casos de trabajadores mexicanos que son sujetos de discriminación y laboran sin garantías.

“Hay situaciones y diferendos. Otro es trabajo forzoso que ha sido una demanda de los sindicatos norteamericanos y hago el punto de que tenemos más cosas que demandar desde México hacia EU, que lo que ellos probablemente nos demanden”, aseveró el dirigente empresarial.

Durante un webinar organizado por el CCE con medios de comunicación, el dirigente empresarial resaltó los casos de mexicanos trabajando en el extranjero que son sujetos de inhibición, de trabajo sin prestaciones en donde “no tienen las garantías de una ley laboral como la que nosotros tenemos en México”.

La situación está dividida en tres grandes problemáticas: “Primero, por no permitir elecciones libres de los trabajadores, de sus dirigentes sindicales. Hay varias empresas identificadas que probablemente van a ser demandadas por Estados Unidos y nuestro trabajo es preverlo”.

Para el segundo caso, es el trabajo forzoso, mismo que ha sido una demanda de los sindicatos norteamericanos. “Yo aquí hago el punto de que tenemos más cosas que demandar desde México hacia Estados Unidos, que lo que ellos probablemente nos demanden”, insistió.

Otra demanda añeja es el trabajo de niños en actividades agrícolas, y es parte del trabajo preventivo.

Eugenio Salinas, integrante del Consejo Consultivo Estratégico de Negociaciones Internacionales del CCE, resaltó que realizan auditorias en las empresas para estar preparados ante una eventual denuncia.

En su oportunidad, Moisés Kalach, quien dirigió el Consejo durante la negociación del T-MEC, sostuvo que el tema laboral “es quizá el foco amarillo tendiendo a rojo, aunque se ha avanzado, es un reto que tendremos como país, todo el eco sistema laboral que hay que modernizar, es un cambio profundo y complejo que tomará mucho tiempo”.

Anticipó una ola de casos con fundamentos y otros sin argumentos en materia laboral. “Algunos casos vendrán para bajar la competitividad de nuestro país, otros no tan amigos o competidores que aprovecharán los capitales para tratar de lastimarnos”.

Kalach, quien es el enlace del CCE desde la oficina de Washington, consideró que el conflicto que se vislumbra entre Estados Unidos y China “nos abre gran oportunidad para que en México seamos este gran aliado comercial y de abasto a través de la certidumbre y creo que podríamos no aprovecharlo como país, dadas las señales confusas que hemos mandado al cumplimiento de las reglas internacionales y a la inversión”.

México, en desventaja

Ricardo Martínez Rojas, vicepresidente de la Comisión Jurídica de Concamin, comentó que el análisis de las empresas debe ser hacia adentro, muy riguroso (al decir “no me voy a meter con mis trabajadores para los sindicatos”), tendrán que hacer un análisis de por ejemplo los últimos seis meses sobre si tienen o no alguna queja se sus trabajadores, alguna queja de un sindicato externo o que se esté formando algún movimiento sindical.

Asimismo, consideró que vendrá mucho trabajo en el área de recursos humanos para poder tener un termómetro del trabajo sobre cómo está el ambiente con los trabajadores, con el sindicato y no estar presionando a los trabajadores en sus decisiones.

Cabe recordar que México firmó el anexo 31-A México-Estados Unidos y el 31-B México-Canadá que son prácticamente iguales; pero para México hay una diferencia importante: si Estados Unidos y Canadá tienen una simple sospecha de alguna violación pueden presentar la queja; en el caso de México sólo puede presentar la queja cuando haya un asunto ya resuelto y del que esté al tanto el gobierno estadounidense a través del Consejo Colectivo de Relaciones Industriales en cada país.

“Sí estamos en desventaja porque nosotros tenemos que esperar a que esté como en ejecución un asunto en Estados Unidos, mientras que ellos lo pueden presentar con la simple sospecha o de buena fe”, detalló Martínez Rojas.

Estados Unidos ha presionado tanto que “rápidamente van a presentar quejas, por eso es importante que las empresas mexicanas ya se pongan a revisar todo porque ha sido tal la presión que Estados Unidos se encargará de vigilar, que la verdad no creo que tarden mucho en presentar las quejas”, apuntó.

T-MEC: doble rasero en supervisión laboral

• El mecanismo de respuesta rápida del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) aplicará un trato desigual para levantar casos de resolución de controversias.

• El nuevo mecanismo de “respuesta rápida” del T-MEC prevé una investigación de un panel independiente sobre la negación de ciertos derechos laborales en “instalaciones cubiertas”, con el potencial de bloquear las importaciones.

• Para los Estados Unidos, las instalaciones cubiertas se limitarían a aquellas que previamente se ha comprobado que han violado la ley estadounidense.

• En cambio, con una mayor flexibilidad, sin considerar casos violatorios de la ley consumados, un reclamo puede presentarse para México con respecto a una presunta violación de los derechos de los trabajadores bajo los compromisos de reforma laboral de México incluidos en el T-MEC.

• Las infracciones pueden dar lugar a la suspensión de aranceles preferenciales o posibles sanciones a los productos fabricados en los servicios prestados por la instalación cubierta.

Fuente: El Economista

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