Todo lo que debes saber sobre la devolución de impuestos del SAT

Una vez que emites tu declaración anual, queda esperar que el SAT te deposite tu devolución de impuestos; sin embargo, el proceso de recibir tu saldo a favor puede complicarse y retrasarse. Te damos algunas recomendaciones para simplificar tu devolución de impuestos.

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Cada año la devolución de impuestos suele ser un dolor de cabeza para miles de contribuyentes.

Para el caso de las personas físicas que ya presentaron su declaración anual y tuvieron un saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) menor a 10,000 pesos, recibirán en su cuenta bancaria la devolución de impuestos en un plazo de cinco días.

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En abril del 2017 se presentaron 3.38 millones de declaraciones de personas físicas y 223,078 de personas morales, un crecimiento de 2.35% y 60.43% anual, respectivamente. En tanto que el fisco autorizó 1.58 millones de devoluciones automáticas por 12,984 millones de pesos en abril del año pasado.

No obstante, el proceso suele complicarse y retrasarse si el monto de la devolución de impuestos es mayor a 50,000 pesos.

Cifras de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) indican que  en el 2017, de las 199,632 atenciones que brindó a los contribuyentes, 40,622, es decir, 20.35%, estuvieron relacionadas con devoluciones de saldos a favor.

“Cuando dichos trámites tienen una problemática, se inicia el procedimiento de quejas, en ese caso se encontraron 8,594 y de las cuales se resolvieron de forma favorable para el contribuyente 7,685 es decir, un 89% obtiene la devolución de su saldo a favor”, dijo la dependencia vía correo electrónico.

Tan solo este año han atendido 63,505 servicios, de los cuales 8,438 corresponden a trámites de solicitudes de devolución de impuestos, mientras que en los primeros 13 días de abril apoyó a 1,248 contribuyentes en el envío de su declaración anual 2017 con saldo a favor.

Si al presentar la declaración anual, el saldo a favor de ISR es mayor a 50,000 pesos, el contribuyente debe solicitar la devolución de imuestos a través de la solicitud electrónica con su e-firma y la autoridad tiene un plazo de 40 días hábiles para hacerla en caso de que durante ese periodo no haya hecho un requerimiento de información al contribuyente.

“El SAT te puede requerir hasta dos ocasiones en ese plazo. En la primera te puede requerir durante los primeros 20 días y te da 20 días para entregar la información y te puede hacer otra solicitud después de atender el requerimiento y ahí tienes otros 10 días. Ese proceso de 40 días se puede convertir hasta en tres meses “, comentó Roberto Colín, integrante de la Comisión Fiscal 2 – Bosques del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

Si el SAT encuentra alguna inconsistencia en la declaración, puede rechazar o modificar el monto de la devolución de impuestos. El especialista del CCPM, recomienda a los contribuyentes que, en caso de que el fisco le haya hecho un requerimiento de información, solicite una cita paraentrevistarse con los revisores y seguir de cerca el proceso.

Desde el 2012 el fisco endureció los procesos de devolución de impuestos de ISR, así como el IVA, ya que en este caso las devoluciones crecieron en 58% pese a que la recaudación de IVA solo lo hizo en 27% de 2010 a 2012.

En el 2013 las devoluciones de ISR cayeron en 19.8% real, en el 2014 tuvieron un aumento de 25.5% y en el 2015 y 2016 bajaron 6 y 10.5% respectivamente, para ver un alza de 8.5% en el 2017, según datos del SAT.

“Nos hemos encontrado con casos en los que la autoridad busca motivos para no devolver, ahí lo que se recomienda es dar un seguimiento muy cercano, acercarse a la autoridad, pedir una cita para que vea que es un contribuyente real y empiece a hacer las aclaraciones de una forma más directa”, comentó Colín.

Los requerimientos están enfocados a verificar la procedencia de los saldos a favor. Lo que la autoridad busca son errores de forma o de procedimiento, con lo cual puede rechazar la devolución de impuestos.

“Nos hemos encontrado con contribuyentes que pasan seis meses y no reciben la devolución y al final si te la rechazan tienes que volver a solicitarla” dijo Colín,

Si el contribuyente se enfrenta ante una negativa de la autoridad para recibir su devolución de impuestos, puede acudir a la Prodecon para recibir asesoría y ayuda para resolver su caso.

Adicionalmente, está el recurso de revocación ante el SAT. El recurso permite presentar pruebas a su favor que en un juicio no serían aceptadas. Este debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación de la resolución o acto que se impugna. El recurso solo puede presentarse a través del buzón tributario, con la firma electrónica.

En caso de no recibir la devolución, puede promover un juicio de lo contencioso administrativoante e promueve ante Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El contribuyente tiene 30 días hábiles después de que el fisco le haya notificado la resolución con la que no esté de acuerdo.

En materia fiscal el Tribunal recibe principalmente casos sobre la determinación de créditos fiscales y la negativa a devoluciones de impuestos.

Como último recurso, está el juicio de amparo, que se interpone ante la Suprema Corte de justicia, en caso de estar inconforme con la resolución del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Fuente: https://www.altonivel.com.mx/finanzas-personales/sat/devolucion-de-impuestos-sat/

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